Es habitual que en la Edad Media el marido ofendido asesine a los amantes o tome la justicia por su cuenta sin esperar la intervención de la justicia. Diversos documentos del siglo XV justifican tales actos del marido «movido por el dolor o la venganza». A finales de la Edad Media no está muy claro si debe ser juzgado por los delitos que cometía.
La Lex Julia romana permitía que el marido matara al amante y que el padre de la esposa matara a ambos adúlteros si los hallaba juntos. Si el marido mataba a la mujer o el padre de ella mataba solamente a uno eran perseguidos pero las penas eran menores que si no se hubiera cometido un adulterio.
El Código Justiniano, hizo más difícil para el marido engañado poder matar a su mujer con impunidad legal. Según la Novelae 117, del año 542, el marido engañado debía dar tres avisos escritos a los adúlteros, cada uno delante de tres testigos fiables, y si después de tres avisos volvía a encontrarlos juntos, entonces podía matar al amante. A la mujer no la podía matar sin ser acusado de asesino aunque la hubiera acusado previamente de adulterio. Beaumanior y otros autores desarrollaron esta misma idea a lo largo de la Edad Media.
El derecho germano reconoció al marido el derecho de matar a ambos con total impunidad si los sorprendían juntos. Los visigodos asignaron el mismo derecho al marido, al padre y a los hermano de la adúltera. Y la mayor parte de los fueros altomedievales castellanos inspirados en el Fuero Juzgo dotaron al marido del derecho de matar a ambos.
Fuente: Adulterio, sexo y violencia en la Castilla Medieval de Ricardo Córdoba